04.11.2021 / Noticias
Los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público. Transpuesta la Directiva (UE) 2019/1024, del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019
Este miércoles, 3 de noviembre de 2021 el Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto-Ley 24/2021, de 2 de noviembre, de transposición de directivas de la Unión Europea, entre otras, de la Directiva (UE) 2019/1024, del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público.
El Real Decreto-Ley 24/2021, publicado el 3 de noviembre de 2021 en el Boletín Oficial del Estado, ha transpuesto a la legislación española la Directiva (UE) 2019/1024 relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público. Este importante decreto modifica la Ley 37/2007 sobre reutilización de información del sector público y establece nuevas medidas para garantizar la disponibilidad de los datos abiertos en España.
Los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público
La transposición de la Directiva europea implica una ampliación del ámbito de aplicación de la Ley 37/2007, incorporando las sociedades mercantiles públicas dentro del ámbito de aplicación subjetivo de la norma y extendiendo el ámbito de aplicación objetivo a los datos de investigación en los términos previstos en el artículo 3.
Esta nueva regulación establece la obligación de que las entidades sujetas a esta Ley y aquellas que realicen actividades de investigación o las financien adopten medidas para apoyar que los datos abiertos de investigaciones financiadas públicamente sean plenamente reutilizables, interoperables, sin perjuicio de las limitaciones que puedan derivarse de derechos de propiedad intelectual e industrial, de protección de datos personales, entre otros.
Otra novedad destacada es la reutilización transfronteriza, mencionada en el artículo 4 al indicar que las condiciones incorporadas a las licencias no deberán ser discriminatorias para categorías comparables de reutilización, incluida la reutilización transfronteriza. Asimismo, se prevé la posibilidad de establecer conjuntos de datos abiertos de alto valor a nivel nacional, considerados como tales por sus beneficios para la sociedad, el medio ambiente y la economía.
Uno de los aspectos más importantes de la transposición es el principio de «documentos abiertos desde el diseño y por defecto», incorporado en el artículo 5, que establece que los organismos pondrán a disposición datos abiertos dinámicos para su reutilización inmediatamente después de su recopilación, a través de APIs y, cuando proceda, en forma de descarga masiva.
Además, se crea un artículo 10 bis que prevé la Unidad responsable de información como encargada de coordinar esta materia y la publicación de información de calidad. Cada uno de los sujetos a los que aplica la Ley designará su Unidad responsable de información, si bien en el caso de la Administración General del Estado se designarán las unidades responsables de información en el ámbito de las Subsecretarías de cada departamento.
Otro punto clave es la gratuidad de la reutilización de documentos, estableciendo el principio de que no se deben aplicar tarifas a la reutilización de documentos, salvo en casos excepcionales en los que se pueda aplicar una tarifa limitada a costes marginales en que incurra para su reproducción, puesta a disposición, difusión, anonimización de datos personales y las medidas adoptadas para proteger información comercial confidencial.
Por último, el Real Decreto-Ley 24/2021 establece la limitación y transparencia de los acuerdos sobre disponibilidad limitada de datos. Se trata de limitar este tipo de acuerdos, que, sin conceder expresamente un derecho exclusivo, permiten la restricción del acceso a los datos con el fin de proteger los intereses legítimos de las entidades que los generan o poseen. Se establece que estos acuerdos deberán estar justificados, ser transparentes y no discriminar entre posibles solicitantes. Además, se establecen los plazos máximos de vigencia de estos acuerdos y se prevé la publicación de información sobre su existencia y contenido en el portal de datos abiertos correspondiente.
En resumen, la transposición de la Directiva (UE) 2019/1024 a través del Real Decreto-Ley 24/2021 supone un avance importante en la promoción de la reutilización de la información del sector público en España, estableciendo medidas para ampliar el ámbito de aplicación de la norma, garantizar la disponibilidad de los datos abiertos, fomentar la reutilización transfronteriza y la creación de conjuntos de datos de alto valor, y promover la gratuidad de la reutilización de documentos. Todo ello con el objetivo de contribuir al desarrollo económico y social, la innovación y la transparencia en la sociedad.
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